¿Puedo hacer algo para recuperar mi casa?
Tras un par de pleitos por parte de mi ex mujer, he tenido la obligación de cederle mi vivienda que teníamos en común bajo amenazas de pagar pleitos más intereses y hasta cárcel por no poder pagar la pensión de alimentos de una hija que tenemos en común.
Después de cambiar varias veces de opinión, me dejó una sola opción, cederle la casa y a cambio no le debía nada. Según mi abogada era la mejor opción para mi, que no se podía hacer nada más ya que me tenía cogido..
Hemos tenido que hacer otro convenio exponiendo los cambios de la vivienda. Firmado por ambos hace un par de meses pero todavía estoy a la espera de firmar en el juzgado. Antes de firmar, ¿puedo hacer algo para recuperar lo único que tenía en mi posesión?
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Efectivamente... Nosotros conseguimos las pruebas, pero quien diseña la estrategia de defensa es el letrado.
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3 respuestas:
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Es un asunto de abogados. Un saludo.
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Buenos días Alberto,
creo que la respuesta ha sido debidamente contestada por los compañeros de I.G.S. Detectives. Mi sugerencia es la misma, acuda a un abogado (una segunda opinión distinta al letrado que ya tiene) para considerar las opciones.
Atentamente,
Mª José Vicente - Detective Privado (Mataró - Barcelona)
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Estimado Alberto.
Considero que esta pregunta, a quien debería ser dirigida, es a un Abogado experto en familia.
Las pensiones de alimentos son de obligado cumplimiento, de hecho, cuatro meses alternos o dos meses seguidos si pasar pensión de alimentos es considerado un delito según el vigente Código Penal.
Cosa muy diferente es que vd. no tenga ingresos o que estos sean tan pocos que no pueda hacer frente al pago de la pensión al completo, pero sí pagar lo que buenamente pueda.
Los acuerdos a los que llegue con su exmujer son perfectamente lícitos, pero considero que pueden existir otras vías antes de entregar su vivienda.
El que vd. firme la entrega de la vivienda a cambio de condonarle la pensión de alimentos es muy relativo ya que la persona que le exime del pago de la pensión es su exmujer, sin embargo la pensión de alimentos es para sus hijos.
A bote pronto, podría continuar en su vivienda y alquilar parte de la misma, con lo que podría pagar toda o al menos parte de la pensión alimenticia.
Mi consejo es que acuda a un Abogado experto en familia y pida una segunda opinión.
Espero haberle sido de ayuda. IGS Detectives.
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