¿Puede un detective investigar el asesinato de un familiar suyo?
Estoy haciendo un trabajo para la escuela, y he querido hacerlo sobre detectives, pero me ha venido a la cabeza la siguiente duda:
Imaginemos que X es detective profesional, y de repente se encuentra con una escena de crimen de algún familiar lejano/cercano o incluso de su família que vive bajo el mismo techo que X. ¿Podría X llevar el caso? ¿Podría X investigar ese caso? ¿Se le tendría que mantener al margen por ser familiar? ¿O se le prohibiría la investigación y pasaría a ser sospechoso bajo vigilancia?
Pero, imaginemos que el crimen se descubre que sucedió mientras X estaba en su oficina de trabajo con los compañeros policías (por lo tanto X no podría haber sido): "hago mismas preguntas que el anterior párrafo".
Gracias.
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La investigación privada en España es una actividad regularizada y reservada a los detectives privados. La Ley de Seguridad Privada define la figura del detective privado y señala que le corresponde la obtención y aportación de información y pruebas sobre conductas y hechos privados a petición de personas físicas o jurídicas y, además, aclara en el Reglamento que las conductas o hechos privados son los que afectan tanto al ámbito económico como al laboral, al mercantil y al financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, excepto la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
Partiendo de esta normativa, se establece que los detectives privados podrán ejercer su actividad, si se lo encarga una persona física o jurídica, en el terreno privado siendo en este caso el referido al ámbito civil. De esta manera, el detective privado podrá investigar hechos relacionados con la esfera civil como son hechos que den lugar a responsabilidad civil.
El artículo 101 del Reglamento de Seguridad Privada establece que los detectives privados se encargan de la obtención de información y pruebas sobre conductas o hechos privados así como de la investigación de delitos perseguibles solo a instancia de parte (según el Código Penal, estos delitos serían los de calumnia e injuria contra particulares; agresiones, acoso y abusos sexuales; descubrimiento y revelación de secretos; abandono de familia; daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000 euros; delitos relativos al mercado y a los consumidores; delitos societarios y reproducción asistida) por encargo de los legitimados en el proceso penal (es decir, por el sujeto ofendido por el hecho delictivo).
En resumen, el detective no podrá investigar el crimen en sí como bién dicen mis compañeros de profesión, pero si podrá investigar la parte de responsabilidad civil derivada del delito.
PD: Me acuerdo perfectamente cuando el Detective Privado y Abogado, Don David A. Sanmartín (Grupo HAS) nos lo explicó en la Universidad de Salamanca, porque me ha tocado ese mismo caso muy de cerca.
Un saludo!
MD5 Detectives Licencia 3256
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La respuesta es sencilla: NO. Por dos razones. De un lado, un detective no puede investigar de motu propio, es decir que es necesario que alguien, persona física o jurídica, con INTERÉS LEGÍTIMO EN LA INVESTIGACIÓN, le haga el encargo.
De otro lado, los detectives no podemos investigar asesinatos. Los delitos de sangre son delitos públicos (no privados) y nada más los puede investigar la policía.
Jordi Briñol. Detective Privado con Lic. Of. 406. Colegiado CODPCAT 26.
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Hola, Rotundamente NO. Ni Detectives ni Criminólogos pueden investigar por su cuenta un asesinato u homicidio. Solo la Policía Judicial de la Guardia Civil y PN. está habilitada en España para la averiguación e investigación de los delitos publicos, aunque pueden estos solicitar la ayuda y colaboración de Detectives y Criminólogos, si el caso lo precisa ya que en estos casos todos los profesionales sirven de ayuda.
Saludos
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Creo que sí porque si el caso tiene que ver con la familia se va a meter más para saber qué pasó en realidad
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Eeeeh creo que sí porque si trata de la familia se va a meter más en ese caso
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Buenos días Albert,
respondo en la misma línea que los compañeros. Los Detectives Privados tan solo podemos investigar delitos privados y un asesinato no entra en nuestras competencias por lo que todas las demás dudas al respecto que planteas no tendrían consideración.
Si revisas la Ley de Seguridad Privada 5/14 de 4 de abril verás lo que podemos y no podemos investigar, a partir de ahí puedes buscar otro tema para tu trabajo que de un poco más de si.
Atentamente,
Mª José Vicente - Detective Privado L2237 (Mataró, Barcelona)
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No, bajo ningún concepto. Nosotros investigamos de parte y no de oficio como viene contemplado en la ley que nos regula. Por lo que sí te lo pidieran. Tu deber como profesional sería ponerlo en conocimiento de las Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Saludos y suerte.
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Hola Albert:
Los detectives no podemos investigar de oficio, sólo de parte.
Si yo, como detective y en pleno proceso de una investigación de parte me encuentro con un delito, sea el que sea, no puedo seguir con esa investigación ya que son las FFCC las únicas que pueden hacerlo. Todas las pruebas que yo hubiera obtenido se las tengo que ceder a ellos. Aquí no hay más que decir porque es algo que aprendemos en la universidad y no podemos decir que no lo sabíamos, además de estar contemplado en la Ley por la que nos regimos. No hay vuelta de hoja.
En el caso de que la víctima fuera un familiar mío, me podría ofrecer a las FFCC a colaborar y si ellos lo estiman conveniente, podría o no, aunque me temo que si tengo relación con la víctima podrían "temer" que se manipulara alguna prueba.
En el caso en que ellos creyeran que soy sospechoso de algo, me tratarían como a cualquier sospechoso.
La decisión que ellos tomaran de dejarme colaborar o no está sólo en sus manos y dependiendo de las circunstancias que rodearan ese delito.
Los detectives jamás podemos actuar de oficio y estando de parte cualquier delito que nos encontremos, inmediatamente tenemos que comunicarlo a las FFCC.
Saludos y éxito con el trabajo.
Pilar
PGC & Asociados
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Albert, añadiendo algo más a lo que te han respondido los compañeros de profesión; si estás realizando un trabajo sobre los detectives privados en España, deberías justificar las respuestas obtenidas teniendo en cuenta la Ley de Seguridad Privada 5/2014, de 4 de abril (puedes consultarla en el siguiente enlace: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/526996-l-5-2014-de-4-abr-seguridad-privada.html), ya que se trata de la normativa que regula nuestra profesión. Fíjate sobre todo en el artículo 48. Asimismo, decirte que existe un reglamento que desarrolla la ley con más precisión, siendo éste el
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre (puedes consultarlo en el siguiente enlace: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2364-1994.t2.html#c2s6). Fíjate en el artículo 101. No obstante, decirte que de alguna manera este reglamento está "obsoleto", ya que la Ley se ha aprobado recientemente y debe ser desarrollada por un reglamento distinto. De todas formas, esta normativa te ayudará a responder tus preguntas. Un saludo
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Los detectives privados (en España) no pueden investigar delito público (asesinatos, etc.), por lo que el resto carece de relevancia.
En cuanto a un policía, estando relacionado con el caso (familiar o simplemente conviviente) no podría realizar la investigación oficial por la posible contaminación de la investigación, es como si un juez tiene que juzgar un asunto sobre un familiar, amigo o persona relacionada, debiendo inhibirse.
Jordi Briñol. Detective Privado con licencia nº 406. Colegiado CODPCAT nº 26
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Estimado Albert,
Creo entender que esta usted preguntando sobre la figura de detective de la policía, en España no está contemplada la figura de detective de la policía, en este país las personas que investigan en la policía son los agentes de policía (en todos sus cargos) que pertenezcan a ese departamento de investigación (drogas, robos, homicidios, etc). Por lo que usted debería dirigirse a la policía parar realizar esta pregunta.
Los detectives en España, somos los detectives privados que como bien dice la ley sólo nos podemos hacer cargo de las investigaciones privadas, no podemos realizar una investigación de carácter público como son los asesinatos a no ser tener permiso o autorización de las autoridades públicas a un delito o caso en concreto.
Gracias, reciba saludos cordiales.
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Un detective privado, en España, no puede investigar delitos tipificados en el código penal a instancia de parte.
Si vemos un asesinato, nos encargan una investigación de uno o simplemente queremos hacerla, nuestra condición de detective nos obliga a dar todas las pruebas obtenidas a las ffcc de seguridad del estado.
Investigar por nuestra cuenta podríamos hacerlo, como cualquier civil, pero a la mínima prueba encontrada debemos parar y dar parte.
Y nunca podemos realizar encargos de investigación que constituyan un delito.
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