Se ha ido al baño, ha entrado en la ducha. Éste es mi momento.
Coger el teléfono de la pareja puede parecer un gesto inocente, que únicamente lo hacemos para calmar nuestra curiosidad. Un psicólogo especialista en terapia de pareja recomendaría que ante dicha situación, para crear una relación sana y de crecimiento personal, debiera de hablarse entre los miembros que conforman la pareja para así poder salir de dudas y aliviar la desconfianza generada por parte de uno de los miembros de la misma.
Pero ¿Qué dice la ley? ¿Puedo coger el móvil de mi marido para ver si ha vuelto a hablar por redes sociales con esa chica con la que me dijo que no hablaría más? ¿Puedo entrar en el Facebook o Instagram de mi novia para ver que responde a los chicos que le hablan por privado?
Lo cierto es que, además de lo moral o inmoral que nos parezca dicho acto y de las sorpresas que podamos llevarnos que quizás no queramos saber, podríamos estar cometiendo un delito. Concretamente, este acto estaría tipificado en el artículo 197 del Código Penal.
Entonces, ¿Solo por coger el móvil de mi pareja con la intención de ver sus mensajes estoy cometiendo un delito y puedo ir a prisión? No. El delito va mas allá, solo por el hecho de coger el móvil no habría ilícito penal, pues no se castiga la tentativa en este caso. Deberíamos por tanto, tener éxito en nuestras intenciones y conseguir acceder al contenido del teléfono.
¿Y si me presta el teléfono y entra una notificación? En ese caso no se estaría ante este supuesto del art. 197CP y no se estaría cometiendo delito alguno.
Según la jurisprudencia, para que se considere delito tiene que existir dolo, y tiene que haber resultado satisfactorio. Con el hecho de coger un móvil con la intención de analizar su contenido y leer un mensaje que no va destinado a nosotros, estaríamos cometiendo un delito de descubrimiento y revelación de secretos, que podría verse agravado si se difunde o revela el contenido.
Por tanto, si en algún momento nos vemos tentados a husmear en el teléfono, ordenador, o documentos privados de nuestra pareja, más nos vale desistir de tal intención ya que ello no repercutirá beneficiosamente en la pareja, y además porque es constitutivo de ilícito penal y si se denuncia, puede acarrear penas de prisión.